Qué hacer cuando un vecino se opone a poner fibra en tu edificio

Ha llegado el día que tanto esperabas. Un operador ha traído hasta tu edificio un cable de fibra óptica para conectarte a velocidades de cientos de Mbps en Internet. Todo pinta bien, hasta que un vecino se opone a traer el siglo XXI a tu edificio por diversos motivos, como puede ser que no quiere que un cable pase por la fachada de su casa. ¿Qué puedes hacer si un vecino se opone a poner la fibra en el edificio?

Un vecino no se puede oponer a colocar fibra

Si nos encontramos con el motivo de que el vecino no quiere que el cable pase por su fachada, con la ley en mano el vecino tiene poco que argumentar. Si no hay ninguna posibilidad de pasar el cable por otra canalización interior, la fachada es la única opción que queda, y por ley está obligado a aceptarlo, tal y como queda establecido en el artículo 29 de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley 9/2014, de 9 de mayo, que dice:

Los operadores tendrán derecho, en los términos de este capítulo, a la ocupación de la propiedad privada cuando resulte estrictamente necesario para la instalación de la red en la medida prevista en el proyecto técnico presentado y siempre que no existan otras alternativas técnica o económicamente viables.

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Además, técnicamente la fachada del edificio no es propiedad privada, ya que es un elemento común que forma parte de la comunidad. Por otro lado, el artículo 34 dice que:

Los operadores deberán hacer uso de las canalizaciones subterráneas o en el interior de las edificaciones que permitan el despliegue y explotación de redes públicas de comunicaciones electrónicas. En los casos en los que no existan dichas canalizaciones o no sea posible su uso por razones técnicas o económicas, los operadores podrán efectuar despliegues aéreos siguiendo los previamente existentes.

Igualmente, en los mismos casos, los operadores podrán efectuar por fachadas despliegue de cables y equipos que constituyan redes públicas de comunicaciones electrónicas y sus recursos asociados, si bien para ello deberán utilizar, en la medida de lo posible, los despliegues, canalizaciones, instalaciones y equipos previamente instalados.

Como vemos, el operador tiene todo el derecho a pasar por la fachada el cable si no hay otra opción viable, incluso aunque sea sólo un vecino el que ha solicitado el servicio en todo el edificio. Además, tampoco es necesario que la comunidad de vecinos autorice el despliegue, por lo que sólo hay que notificarles de que se va a hacer. Tampoco es necesario pedir permiso municipal, bastando una declaración responsable para ello.

Facilitar el despliegue en la medida de lo posible

La Ley General de Telecomunicaciones de 2014 entró en vigor con la finalidad de que los operadores tuvieran más fácil el despliegue, y se evitaran problemas como los que hemos mencionado con los vecinos, así como simplificar el proceso del despliegue y tener los menores impedimentos posibles. Si el edificio tiene canalizaciones preparadas para el cableado, éstas han de ir por dentro. De no tenerlas, con la ley en mano, éstas pueden ir por fuera sin ningún tipo de problema.

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Si el caso se da en viviendas unifamiliares, y el vecino no quiere que pase por su propiedad, sí que necesitas autorización del vecino, aunque también puedes hablar con los técnicos para que pasen el cable por otra parte, como puede ser que hagan un tendido en una farola o en un poste telefónico.


Via: www.adslzone.net
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